Ley 21.801: Lo que Necesitas Saber sobre el Uso de Dispositivos en Clase

La Superintendencia de Educación ha dado a conocer la Circular N° 181, que establece directrices para implementar la Ley N° 21.801, la cual regula el uso de dispositivos móviles y electrónicos en los establecimientos educacionales. Esta medida pionera tiene como objetivo equilibrar el acceso a la tecnología contemporánea con la necesidad de proteger los procesos de enseñanza y promover un ambiente de convivencia saludable en las aulas. Desde el inicio del año escolar, estas disposiciones serán obligatorias en todas las instituciones de educación parvularia, básica y media que cuenten con Reconocimiento Oficial del Estado, así como en aquellas que tengan autorización para funcionar o estén en periodo de adecuación.
Según la circular, queda prohibido el uso de dispositivos móviles personales, que incluyen teléfonos celulares, tablets y relojes inteligentes, durante las actividades curriculares en toda la infraestructura del establecimiento educativo. Es importante destacar que esta normativa no prohíbe el porte de dichos dispositivos, proporcionando así un marco legal que busca prevenir distracciones y fomentar una concentricidad en el aprendizaje. Sin embargo, se incluyen ciertas excepciones, como el uso de estos dispositivos en situaciones de emergencia o con fines pedagógicos, asegurando que se mantenga un contexto educativo adecuado.
La circular también subraya la importancia de la participación de las comunidades educativas en la actualización de los reglamentos internos, los cuales deberán estar listos antes del 30 de junio de 2026. La Superintendencia de Educación brindará acompañamiento durante este proceso, garantizando que tanto estudiantes como educadores se involucren activamente en la creación de un entorno más propicio para el aprendizaje. De esta manera, se establecen parámetros claros sobre las conductas esperadas y las sanciones asociadas al uso indebido de dispositivos en el aula, siempre respetando la dignidad y la privacidad de los estudiantes.
Además, la normativa introduce dos dimensiones en su aplicación: la formativa, que busca fomentar una interacción social positiva y el uso responsable de la tecnología, y la práctica, que establece los mecanismos para regular el uso de dispositivos móviles y los canales de comunicación entre las familias y el establecimiento educativo. Esta distinción es fundamental para que los establecimientos manejen las expectativas de comportamiento en un contexto que cada vez más integra la tecnología en el aprendizaje.
Por último, respecto a los trabajadores de la educación, la normativa obligará a cada establecimiento a definir las condiciones de uso de dispositivos de acuerdo con las funciones desempeñadas, diferenciando entre los tiempos de clase y los periodos no lectivos. Las infracciones a estas disposiciones se considerarán como materias laborales, supeditándose al Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad. Así, la implementación de esta ley no solo pretende reglamentar el uso de tecnología en la educación, sino también establecer un marco de respeto y responsabilidad que involucre a todas las partes interesadas.
