Devolución de dinero: fallo contra operadora turística

Una reciente sentencia emitida por el Segundo Juzgado de Policía Local de Punta Arenas ha condenado a la operadora de turismo Claudia Milicevic Fernández a devolver la suma de 83 millones de pesos a un grupo de 37 padres y apoderados del Colegio Británico. Esta decisión surge después de la cancelación de un viaje de gira de estudios a Europa, que estaba programado para 2020 y que fue anulado debido a la pandemia de Covid-19. La jueza Patricia Espinoza Morales firmó el fallo el 10 de septiembre de 2025, aceptando los argumentos presentados por las familias afectadas.
Los apoderados habían contratado los servicios de Milicevic para gestionar el viaje de 40 alumnos y 4 profesores del cuarto medio del Colegio The British School de Punta Arenas, recaudando un total de 83.950.000 pesos a través de diversas actividades y cuotas que cada familia aportó. Sin embargo, la suma total que la operadora turística recibió ascendió a 90.193.258 pesos, incluyendo una cláusula no acordada que complicó aún más la situación. Tras la imposibilidad de realizar el viaje debido al cierre de fronteras, los padres solicitaron la cancelación del servicio y el reembolso del dinero pagado.
A pesar de los intentos de los apoderados para recuperar sus fondos, Milicevic solo devolvió el 10% del total, es decir, 9.707.170 pesos, reteniendo 80.486.088 pesos bajo la justificación de gastos no detallados. Este accionar fue calificado como ilegal por los demandantes, quienes argumentaron que se infringieron los derechos de los consumidores conforme a la Ley 19.496, que establece la obligación de cumplir con lo acordado en los contratos de prestación de servicios.
La magistrada Patricia Espinoza determinó que la operadora no respetó los términos del contrato y, por lo tanto, se constituía en una infracción clara de los derechos de los consumidores. En su fallo, la jueza mencionó que los servicios ofrecidos no fueron cumplidos y que, a pesar de las circunstancias excepcionales impuestas por la pandemia, se debía proceder al reembolso correspondiente. Esta decisión subraya la importancia de que los proveedores de servicios turísticos actúen con responsabilidad y transparencia.
Finalmente, además de la devolución de los 83.950.000 pesos a los padres, el tribunal también impuso una multa de 6 UTM a Milicevic, enfatizando que las infracciones a la legislación de protección a los consumidores no serán toleradas. Esta sentencia marca un precedente importante para otros casos similares y envía un mensaje claro sobre las implicaciones legales de no cumplir con las obligaciones adquiridas en cuanto a la prestación de servicios.
