Sentencia Condenatoria: Fallo de la Corte de Apelaciones

En un firme fallo, los ministros de la Corte de Apelaciones, Marcos Kusanovic, Caroline Turner y la abogada integrante Sintia Orellana, rechazaron el recurso de nulidad presentado por la defensa de Sergio Alexander Hernández Estefó, confirmando así la validez de la sentencia dictada el pasado 7 de julio por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal. Los magistrados establecieron que no se habían presentado vicios que justificaran la anulación del juicio, lo que se traduce en que la condena y el proceso sustancialmente son válidos y se ajustan a derecho.
El fiscal del caso, Fernando Dobson Soto, expresó su satisfacción ante la decisión de la Corte, subrayando que la confirmación de la condena es un triunfo de la justicia. “Lo importante es que se pudo acreditar la calificante de premeditación, lo que permitió al tribunal arribar a la sanción que estableció en la sentencia, la cual fue ratificada por la Corte al rechazar el recurso de nulidad”, concluyó el fiscal, destacando la gravedad del crimen y la importancia de las sentencias.
La Corte de Apelaciones confirmó la pena de presidio perpetuo para Sergio Hernández, quien fue condenado por homicidio calificado con la agravante de “haber procedido con premeditación conocida”. Este hecho delictivo se cometió el 20 de diciembre de 2023 y tuvo como víctima a Matías Calbún Gotta. La gravedad del crimen se vio reflejada en la severidad de la pena impuesta, reflejando la determinación del sistema judicial por abordar los delitos más graves con la pena máxima.
En la misma línea, Sebastián Vera Estefó también fue sentenciado a 12 años de cárcel por homicidio simple en perjuicio de Calbún Gotta, además de 183 días por otros delitos relacionados. La Corte subrayó la complicidad de Vera en el crimen, considerando el destino fatal reservado a la víctima y la naturaleza violenta del ataque. La decisión reafirma la intención de los tribunales de abordar de manera efectiva y contundente la violencia en la sociedad.
Por lo que respecta al tercer acusado, Alan Daivit Alexander Haro Aros, aunque recibió penas menores de 61 días por violación de morada violenta y 41 días por daños simples, fue absuelto del delito de amenazas no condicionales. Los jueces del Tribunal Oral decidieron dar por cumplidas las penas de Aros, ya que había permanecido en prisión preventiva por un total de 264 días, reflejando así la aplicación de criterios de proporcionalidad y equidad en el ciclo completo del proceso penal.
