Manejo en Estado de Ebriedad: Condena Insuficiente

En un reciente fallo judicial que ha generado controversia, la Fiscalía de Punta Arenas no logró que una conductora condenada por manejo en estado de ebriedad cumpliera su pena en prisión efectiva. El 14 de mayo, el juez otorgó a Cristina Carabantes Carabantes, condenada a 500 días por conducir un vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol y 41 días por quebrantamiento de condena, la posibilidad de cumplir su pena bajo la modalidad de “reclusión parcial nocturna domiciliaria”. Esta decisión ha suscitado el rechazo de la Fiscalía, que argumentó que la gravedad del caso justificaba una sanción más severa.
El incidente que llevó a la condena ocurrió el 12 de enero, cuando la imputada perdió el control de su vehículo al conducir por la avenida Independencia, impactando contra un árbol antes de volcarse. La prueba de alcoholemia realizada por Carabineros reveló un alto contenido de alcohol en su sangre, con un registro de 2,01 gramos por litro, cifra que se elevó a 2,47. Cabe destacar que la licencia de conducir de Carabantes había sido suspendida por cinco años a raíz de una sentencia dictada en marzo de 2022, encontrándose todavía vigente cuando se produjo el accidente.
El fiscal jefe, Sebastián González Morales, presentó una apelación ante la Corte, señalando que la conducta de Carabantes es un claro indicio de reincidencia. De hecho, la imputada posee dos condenas previas por delitos similares que reflejan un patrón de comportamiento irresponsable y peligroso. Según González, la concesión de una pena alternativa no solo es insuficiente para el delito cometido, sino que también envía un mensaje erróneo sobre la gravedad del manejo en estado de ebriedad, poniendo en riesgo la seguridad de la comunidad.
A pesar de las objeciones del fiscal, la Corte de Apelaciones decidió, por dos votos a uno, confirmar la sentencia que permitía a Carabantes cumplir su condena en régimen de reclusión nocturna domiciliaria. Los jueces Caroline Turner y Juan Villa argumentaron que la decisión del juez de primera instancia debía ser ratificada, mientras que el fiscal judicial Pablo Álvarez expresó su desacuerdo, defendiendo la necesidad de una reclusión efectiva. Álvarez también destacó que los informes sociales no respaldaban la idea de que la pena sustitutiva disuadiría a Carabantes de futuros delitos.
Este caso ha suscitado un debate más amplio acerca de las sentencias alternativas y su efectividad para prevenir la reincidencia en delitos relacionados con el alcohol y la conducción. La Fiscalía y muchos ciudadanos expresan su preocupación por el hecho de que una sentencia considerada leve podría desincentivar el cumplimiento estricto de las leyes de tránsito. A medida que se desarrollan estos acontecimientos, se espera que la discusión sobre la responsabilidad penal y las medidas preventivas continúe ocupando un lugar central en el debate público en Chile.
